¿Quiénes Somos?

El proyecto nace mediante la creación de la Ley N° 9292, publicada en La Gaceta no. 71, del 14 de Abril de 2015, se autoriza y faculta al Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), para que constituya un fideicomiso de interés público con alguno de los bancos del Sistema Bancario Nacional, a efectos de planificar, diseñar, financiar, construir, operar y dar mantenimiento a la obra pública con servicio público denominada “Corredor vial San José-San Ramón y sus radiales”.

Al tenor de lo anterior, para implementar el fideicomiso, MOPT-CONAVI, deben, en su condición de Fideicomitentes, resguardar y ejecutar las denominadas competencias indelegables, entendidas como facultades y actividades que ninguna otra entidad, órgano o dependencia pueden ejercer en nombre del Estado, entre ellas, fungir como contraparte técnica ante el Fiduciario y representar los intereses del Fideicomitente en la vía jurisdiccional. En ese sentido, para garantizar la verificación y supervisión de las actividades del Fiduciario y cumplir las competencias indelegables, es necesaria la creación de una Unidad a lo interno del CONAVI que atienda esas labores de vital importancia para el éxito del proyecto.

En consonancia con lo que viene expuesto, es que el Consejo de Administración de CONAVI, en sesión N°1296-16, del 14 de marzo del 2016, mediante oficio N° ACA-01-16-0210, de fecha 15 de marzo del 2016, comunica el acuerdo para aprobar la creación de la Unidad Ejecutora del Corredor Vial San José - San Ramón, Unidad Técnica que funge en representación de los Fideicomitentes como contraparte técnica – administrativa ante el Fiduciario y la Unidad Administradora del Proyecto.

En el siguiente organigrama se muestra la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora San José – San Ramón:

 

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